Saludvida EPS con vigilancia especial prorrogada por la Supersalud – resolución 011766 de 2018

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La Superintendencia Nacional de Salud, decidió mediante la Resolución 011766 de 2018, prorrogar la medida preventiva de vigilancia especial a la EPS Saludvida y le prohíbe afiliar a más usuarios. CONSULTORSALUD pone a su disposición todos los detalles de esta importante decisión.

Termino de la prórroga ordenada a la EPS Saludvida 

Esta determinación durará tres meses, y en este período la entidad solo podrá hacer nuevas afiliaciones a beneficiarios de un núcleo familiar; traslados cuya efectividad se producen con posterioridad a la notificación de la resolución o en cumplimiento de órdenes judiciales.

Termino de Ia prórroga ordenada a la EPS Saludvida

Además, la Resolución 011766 de 2018 designa como contralor a Beatriz Cortés Gaitán, quien será la encargada de hacer seguimiento de cada una de las acciones que adelante la EPS en el marco de la vigilancia especial, así como rendir todos los informes de ley ante la Supersalud durante los tres meses que dure la vigilancia especial.

Así mismo, la Supersalud ordenó que Saludvida cumpla con todas las actividades y así pueda superar las situaciones que llevaron a ordenar la medida preventiva, adopte las acciones necesarias para cumplir con los requisitos de operación y permanencia en el sistema de salud.

La EPS deberá además reportar, a más tardar los veinte días de cada mes, el seguimiento y los avances de los compromisos adquiridos ante la Supersalud en todo lo que tiene que ver con resultados administrativos, financieros y técnico científicos.

Entre los hallazgos de carácter jurídico que evidenció la Supersalud sobresale el hecho que la EPS celebró un contrato de mandato para la administración de recursos con la Fundación Médico Preventiva para el Bienestar Social S.A, que podría constituir una infracción a las normas del SGSSS, por cuanto compromete la organización del aseguramiento en salud de llegar a establecerse una delegación en virtud del mandato. Además, por el posible desborde de las actividades mercantiles autorizadas por objeto social de Ia IP.

La Superintendencia además le cuestiona a Saludvida un contrato de fiducia mercantil de inversión, bajo la modalidad de administración de portafolio discrecional con Credicorp Capital Fiduciaria S.A, que podría constituir un desconocimiento e irregularidad, en la destinación específica dada por Ia Constitución y la Ley a los recursos parafiscales de la salud.

Componente Técnico Científico Régimen Subsidiado:

  • De los 41 indicadores contemplados en el seguimiento al plan de acción de mes de septiembre de 2018, la entidad cumple a cabalidad con el estándar nacional solo en 15 indicadores (36.6%). Y en régimen subsidiado solo cumple con 12 indicadores, es decir 29,2%.

Componente Técnico Científico Régimen Contributivo:

  • De los 41 indicadores contemplados en seguimiento al plan de acción del componente Técnico científico de SALUDVIDA EPS Régimen Contributivo, en el mes de septiembre de 2018, la entidad cumple a cabalidad con el estándar nacional en 15 indicadores (36.6%) Aparentemente cumplen con el  estándar nacional en 7 indicadores más (17,1%) pero el resultado de éstos no es totalmente confiable  debido a que el porcentaje de IPS que reportaron la data del  indicador es baja o muy bajo.
  • La EPS incumple con el estándar nacional en el resultado de 15 indicadores, lo cual equivale al 36.6%.

Descargue: Resolución 011766 mediante la cual se la Supersalud, emitió medida preventiva de vigilancia especial a Saludvida E.P.S. 

Documentos adjuntos

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